CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO
Que celebran, por una parte, la Universidad Autónoma de la Ciudad de México (en adelante, la UACM), representada por el C. Leonardo Rodríguez Vázquez; y por la otra, el Sindicato Único de Trabajadores de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México (en adelante, el SUTUACM), representado por su Secretario General el C. Sergio Alejandro Ibarra Serrano, la C. América Guadalupe Barra Gómez, Secretaria de Organización; acompañadas por la C. Beatriz Avilez Morentin, Secretaria de Asuntos Laborales y la C. Laura Donají Fernández Rincón, Secretaria de Finanzas.
Objetivo principal
Este Contrato Colectivo de Trabajo (en adelante CCT) tiene por objeto regular las relaciones laborales entre la UACM y sus trabajadores. En su implementación ambas partes se conducirán con una actitud de compromiso, diligencia y lealtad con los principios y propósitos de la Universidad conforme a lo establecido en la Ley de la Universidad Autónoma de la Ciudad de México y la Ley Federal del Trabajo. Ambas partes reconocen, los principios de cooperación y apoyo mutuos establecidos en el artículo 5 de la Ley de la UACM, así como el de irrenunciabilidad de derechos de las y los trabajadores, previsto en el artículo 5 de la Ley Federal del Trabajo.

