Derechos y Obligaciones

Con base en los Estatutos vigentes 2021

• Artículo 6

Son derechos de las y los afiliados al Sindicato

I. Elegir y ser elegidos/as para ocupar cargos sindicales, de conformidad con lo establecido en estos Estatutos.
II. Ser representado y defendido por el Sindicato en los conflictos laborales y colectivos que les afecten, ante las autoridades administrativas y órganos jurisdiccionales.
III. Presentar por escrito o vía electrónica iniciativas que tiendan a la superación de los trabajadores y del Sindicato.
IV. Exponer, defender sus ideas y difundirlas.
V. Recibir periódicamente dentro de un lapso de quince días naturales, cuando los propios afiliados así lo soliciten expresamente, los informes de las actividades sindicales a los distintos órganos que componen el sindicato.
VI. Asistir libremente, con derecho de voz y voto, en los términos que señalen los estatutos, a las reuniones que señalen los estatutos, a las reuniones de los órganos sindicales competentes.
VII. Aquellos afiliados o afiliadas que hayan sido designados o electos para ocupar un cargo de representación en un órgano de gobierno de la universidad, solo tendrán derecho de voz, para evitar conflictos de interés.
VIII. Participar de forma corresponsable en el logro de los fines del Sindicato.
IX. Retirarse del Sindicato en el momento que lo deseen, por medio de la manifestación por escrito de su voluntad.
X. Presentar quejas por escrito ante la Comisión de Honor y Justicia por las irregularidades observadas en el desempeño de las funciones de sus representantes y demás órganos de gobierno; así como por las violaciones al Contrato Colectivo de Trabajo o a los presentes estatutos y recibir respuesta escrita de parte de la Comisión.
XI. Nombrar defensor o defenderse por sí mismo cuando sean sometidos a procedimiento disciplinario por el órgano sindical correspondiente.
XII. Ejercer la libre afiliación y participación al interior del sindicato.
XIII. Recibir información de la directiva del Sindicato del, mediante la Comisión de Finanzas, respecto a la cuenta completa y detallada de la administración del patrimonio del Sindicato.
XIV. Ejercer el voto personal, libre, directo y secreto en la elección de sus representantes sindicales y en la aprobación de la formulación o revisión del Contrato Colectivo de Trabajo.

• Articulo 7

Son obligaciones de los afiliados al Sindicato

I. Cumplir las disposiciones de los Estatutos, del Contrato Colectivo de Trabajo, los acuerdos de asamblea y demás órganos de dirección y resolución establecidos en los presentes estatutos.
II. Fomentar el cumplimiento de los Estatutos y los órganos Sindicales.
III. Respetar a las y los afiliados y a la Comunidad universitaria.
IV. Cuidar los bienes propiedad de las y los afiliados, del Sindicato, de las y los integrantes de la comunidad universitaria, así como de la universidad.
V. Respetar la diversidad de ideas.
VI. Denunciar ante el órgano competente la velación de los Estatutos y de la legislación universitaria aplicable.
VII. Desempeñar sus cargos en los órganos sindicales con eficiencia y lealtad, en estricto apego a las disposiciones que rigen al sindicato y a la legislación aplicable.
VIII. Asistir con puntualidad a las sesiones de trabajo, asambleas y eventos convocados por los órganos sindicales o en los que participe el Sindicato.
IX. Cubrir con puntualidad las cuotas ordinarias.
X Tratar los asuntos laborales, a través de los órganos sindicales competentes, de conformidad con los Estatutos y el Contrato Colectivo de Trabajo.
XI. Participar, en forma activa y solidaria, en las actividades y eventos del Sindicato.
XII. Contribuir al fortalecimiento interno y externo del Sindicato, a través de la difusión, propósitos y logros.
XIII. Apoyar las huelgas mediante la inscripción en guardias y asistencia a los eventos que se organicen.
XIV. Las demás que establezcan los Estatutos, le Contrato Colectivo de Trabajo y demás ordenamientos aplicables.

Con base en el Contrato Colectivo de Trabajo 2025-2027

•Clausula 83. Obligaciones de las trabajadoras y los trabajadores

Son obligaciones de las y los trabajadores las siguientes:

a) Desempeñar sus labores con el cuidado y esmero apropiados para cumplir con las responsabilidades que les corresponden según el catálogo de puestos, sin menoscabo de sus derechos.
b) Responsabilizarse del manejo apropiado de bienes muebles e inmuebles, maquinas, documentos, libros, revistas, correspondencia, valore y efectos que se confíen al trabajador o trabajadora para el desarrollo de sus tareas de investigación, docencia, administración o servicio técnico.
c) Evitar la ejecución de actos que pongan en peligro su seguridad y la de sus compañeros/as.
d) Informar al órgano o funcionario competente respectivo del avance de las actividades realizadas, dentro del plazo fijado para tal efecto, en el caso de las l los profesores-investigadores será de conformidad con los planes y programas académicos aprobados.
e) Promover la superación académica y administrativa de sus compañeros/as.
f) Dar crédito a la UACM en sus escritos, conferencias y ponencias cuando se refieren a temas y contenidos propios de las investigaciones y tareas desarrolladas en la UACM.
g) Entregar informes y planes de trabajo cuando lo requiera los órganos académicos competentes.
h) Entregar a la UACM los productos generados en la investigación teniendo el trabajador o la trabajadora un acceso prioritario al mismo.
i) Cumplir con las obligaciones que señalen las disposiciones jurídicas aplicables.

•Clausula 95. Derecho de las trabajadoras y los trabajadores

Son derechos de las trabajadoras y los trabajadores:

a) Recibir el salario y las prestaciones que les corresponden por el desempeño de sus labores en los términos del presente CCT. El salario se pagará los días diez y veinticinco de cada mes. En el caso de que el día diez o veinticinco caiga en sábado o domingo, la universidad se obliga a pagar el día hábil anterior inmediato.
b) Recibir los viáticos y pasajes de acuerdo con la tarifa pactada entre la universidad y el Sindicato, cuando deban trasladarse para cumplir labores al servicio de la institución.
c) Presentar sus servicios en el horario y lugar de trabajo. En caso de modificar cualquiera de estos, será con la justificación correspondiente y de conformidad con lo establecido en este CCT.
d) Gozar de los derechos y prestaciones que otorga el ISSSTE.
e) Recibir constancias que acrediten su participación en planes, proyectos y/o programas, de acuerdo a la función desempeñada.
f) Recibir un 50% de descuento en las publicaciones de la UACM, siempre que el costo de producción no exceda al precio de venta.
g) Obtener la documentación e información laboral necesarias para la defensa de sus intereses respecto de su relación laboral con la universidad.
h) Recibir constancia de pago por los conceptos de percepciones y descuentos.
i) Contar con apoyo para la realización de actividades deportivas.
j) Obtener respuesta escita a las solicitudes presentadas por escrito en un plazo de 10 (diez) días hábiles.
k) En el caso de las trabajadoras y los trabajadores extranjeros contratados por la institución, esta les entregara la documentación que les sea requerida por las autoridades competentes para la realización de sus trámites migratorios en tiempo y forma.
l) Obtener dictamen calificado por el comité académico correspondiente de los trabajos que presentan en la UACM para su publicación. En caso de que la UACM no esté en posibilidad económica para publicar los resultados de una investigación dictaminada favorablemente dentro de los seis (6) meses siguientes a su presentación, el autor queda en libertad de publicarlo por su cuenta dando el crédito correspondiente a la institución. Antes de cualquier compromiso de publicación externa, el trabajador o trabajadora estará obligada a informarlo a la institución.
m) Recibir de la UACM, sin costo alguno, 20% del tiraje de los libros publicados, en el caso de revistas se entregarán 20 (veinte) ejemplares y 20 (veinte) sobretiros de los artículos publicados.
n) Obtener el crédito correspondiente cuando se utilice el material generado por la trabajadora o el trabajador.
ñ) Recibir el crédito por la participación en un proyecto técnico o de investigación individual o colectiva.

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